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Aplazamiento impuestos

Aplazamiento de impuestos
 

En la situación actual cualquier ayuda es poca y una de las mayores dificultades a las que nos enfrentaremos las empresas a corto plazo es el pago de impuestos.

En su Real Decreto Ley 7/2020 el Estado contempla la posibilidad de aplazamiento de las deudas tributarias, IVA, IRPF y el pago diferido del Impuesto de Sociedades siempre que su plazo de presentación e ingreso finalice antes del 30 de mayo.

Pero no todas las obligaciones pueden aplazarse sin contar con un aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución.

Para esos casos, contamos con acuerdos con entidades especializadas en seguros de caución, que cuentan con muchas ventajas frente a los avales:

- Son más baratos que los avales bancarios.

- No consumen Cirbe.

- Se computan como gasto.

- Sin costes de formalización o estudio.

- Sin contragarantías en la mayoría de los casos.

Si necesitas una garantía para aplazar deudas tributarias, ponte en contacto para ver como podemos ayudarte:

Haz clic aquí para que te llamemos.

Un saludo,

Elsa

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